Después de
mucho tiempo te has decidido a comprar un departamento. ¡Muchas felicidades
pues por fin de tanto esfuerzo has conseguido aumentar tu patrimonio!. Sin
embargo, antes de abrir la botella para celebrar, es importante que conozcas
los adeudos pendientes del mantenimiento que tiene la propiedad, pues podrías
adquirirlos tú.
Desde 2011
existe en la Ciudad de México la nueva Ley de Propiedad en Condominio de
Inmuebles para el Distrito Federal, la cual toma el carácter de obligatorio
cubrir las cuotas de mantenimiento fijadas dentro del condominio.
Lo
interesante de esta ley, al menos en la Ciudad de México es que cuando se
transfiere el espacio a otro dueño, el nuevo inquilino está obligado a cubrir
los gastos pendientes en la manutención del edificio.
Por ello, es
importante que cuando celebres el contrato de compra-venta con tu vendedor,
exige una constancia de no adeudo, entre otros, del pago de cuotas ordinarias
de mantenimiento y administración y el de reserva, así como de cuotas
extraordinarias en su caso, expedida por el Administrador del condominio.
Es importante
mencionar que distintas organizaciones, al menos en la Ciudad de México,
protegen tus derechos. En lo que respecta a los estados de la República
Mexicana, es importante que revises el Código Civil vigente y atiendas las
demandas que la mesa directiva o el administrador ha generado para determinar
la correcta armonía en el nuevo lugar al que llegas.
Recuerda, una
sana convivencia, no sólo te acercará con los vecinos sino que permitirá una
mejor armonía en el condominio, también será la herramienta para asegurarte que
no te engañaron al momento de comprar una vivienda.
Evítate
sorpresas y sobre todo ten en cuenta que con tu patrimonio no puedes tomar
decisiones a la ligera que afecten tu bienestar, ese que con tanto esmero has
buscado crear.


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